Serán socios adherentes:

  • Los Establecimientos radicados en una zona donde no exista una Cámara de primer grado que represente a la Actividad de los Alojamientos por Horas.
  • Los que soliciten su admisión por escrito (mediante formulario de Socio Adherente) a la Comisión Directiva de FADAPH.
  • Si se trata de personas físicas, deberá contar con no menos de veintiún años de edad, ocupación honorable, buenos antecedentes morales y no ser titular o socio de una persona jurídica ya asociada.
  • Si se trata de personas jurídicas, deberán acreditar su personería y designar un representante de la empresa, que deberá reunir los mismos requisitos exigidos a las personas físicas, pudiendo ser representante hasta de un máximo de tres Establecimientos.
  • Aquellos que abonen la cuota social, cuyo monto y condiciones se fijará por resolución de la Comisión Directiva de FADAPH.

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